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Personas jurídicas
eldiariomontanes.es | Domingo, 13 de Septiembre de 2009

Las personas jurídicas o sociedades son asociaciones voluntarias de personas físicas o jurídicas que desarrollan una actividad económica mediante la aportación de un capital social y cuya responsabilidad salvo excepciones está asumida por la sociedad.

debe tener un mínimo de dos socios y no existe un mínimo legal de capital para su constitución. En este caso, la responsabilidad de los socios es ilimitada.

para constituir una debe haber un mínimo de un socio y de 3.005,06 euros de capital.

se establece un mínimo de un socio y un máximo de cinco. En cuanto al capital, es necesario un mínimo de 3.012 euros y un máximo de 120.202 euros.

requiere al menos un socio y 60.101,21 euros de capital.

es esencial, al menos, dos socios para su constitución, aunque no existe un mínimo legal en el tema del capital.

debe tener un mínimo de dos socios y un capital de, al menos, 60.101,21 euros.

en este caso, el mínimo de socios requerido es de tres, aunque no está fijado un capital mínimo para su constitución.

es necesario, al menos, tres socios y un capital mínimo de 60.101,21 euros.

en el momento de su constitución debe contar, como poco, con tres socios. En cuanto al capital necesario, el mínimo está establecido en 3.005,06 euros.

para crear una sociedad de este tipo es necesario un mínimo de 150 socios partícipes y un capital mínimo de 1.803.036,30 euros.

el consejo de administración de este tipo de persona jurídica debe tener al menos tres miembros. El capital mínimo requerido es de 1.202.024,20 euros pero debe contar con fondos de capital de riesgo con un mínimo de 1.652.783,30 euros.

debe contar con un mínimo de dos socios para constituirse y no existe un mínimo legal para el capital.