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| Mapas de riesgos para evitar desastres naturales |
| MARTA G. DE ROZAS | Domingo, 10 de Enero de 2010 | |||
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Los mapas de riesgos medioambientales determinan el grado de exposición de las personas, actividades económicas e infraestructuras de un territorio a determinados peligros naturales, como pueden ser inundaciones, deslizamientos, sequías, temporales, sismicidad, vulcanismo, etc. Para un consumidor, estos mapas pueden resultar muy útiles, ya que antes de comprar o alquilar una vivienda, una oficina, un terreno, etc., permiten conocer el riesgo de la zona. De hecho, los ciudadanos pueden reclamar en caso de un desastre si no se han tenido en cuenta estos mapas. En este sentido y a partir de la nueva Ley del Suelo estatal de 2008, o la normativa que en cada caso haya en las comunidades autónomas, los mapas de riesgos medioambientales deben consultarse siempre que vayan a desarrollarse nuevos proyectos urbanísticos en un territorio, comarca o municipio. En concreto, el artículo 15 de la Ley estatal del Suelo señala que las nuevas actuaciones urbanísticas deben acompañarse de un informe de sostenibilidad ambiental en el que debe incluirse, entre otros aspectos, un mapa de riegos naturales del área objeto de actuación. Por ello, la legislación obliga a elaborar estos documentos para todos y cada uno de los fenómenos naturales que puedan afectar a dicho territorio. En caso de detectarse sectores de alto riesgo, se tiene que declarar suelo no urbanizable o, en todo caso, rural, como indica la nueva clasificación del suelo. En lo que se refiere a Cantabria, el pasado mes de noviembre se presentó el Plan Especial de Protección Civil, un instrumento que valora el territorio regional, localizando las áreas donde existe riesgo de que se produzcan inundaciones. Además, establece la organización y los procedimientos de actuación de los servicios públicos.
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