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| Los guardaespaldas de la innovación |
| SARAY CEBALLOS saray_ceballos@innovacantabria.com | Domingo, 05 de Septiembre de 2010 | |||
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Innovar es sinónimo de avance, de desarrollo. Pero para avanzar es necesario proteger esa innovación, protegerla para asegurar un uso adecuado de ella. Para ello, la Oficina Española de Patentes y Marcas (Oepm) se encarga de conceder los diversos títulos de propiedad industrial, que, según el director del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Cantabria, Alfredo Diego Granado, son principalmente tres: patentes, marcas y diseños industriales. Pero, ¿qué es qué?, ¿qué diferencia a unos de otros? Los tres ases de la baraja La patente es un título que reconoce el derecho de explotar, en exclusiva, una invención. De esta forma, impide al resto de personas fabricarla, venderla o utilizarla sin consentimiento del titular. «En contraprestación - señala Diego - la patente se pone a disposición del público para generar conocimiento, se hace pública». Este tipo de propiedad industrial puede referirse a un procedimiento, un aparato o un producto nuevo, así como un perfeccionamiento o mejora de los mismos. A pesar de que, al igual que el resto de propiedades industriales, una patente puede ser solicitada por cualquier persona física o jurídica, estadísticamente, están teniendo menos éxito de concesión las presentadas por particulares. «Como consecuencia de la globalización, es complejo crear productos novedosos porque lo que tú estás inventando aquí se puede estar inventando en otra parte del mundo», explica Diego. En este sentido, el director del Área de Industria y Energía aconseja solicitar, antes de proceder a la tramitación de una patente, el estado de la técnica. «Se trata de saber cuáles son las innovaciones actuales, una búsqueda detallada por todas las bases de datos de la Oepm». Las otras dos propiedades industriales definidas por esta oficina son la marca y el diseño industrial. Mientras la primera de ellas concede el derecho exclusivo a la utilización de un signo para la identificación de un producto o un servicio en el mercado, es decir, «nos sirve para diferenciar unos de otros, por ejemplo, Coca-Cola de Pepsi», los diseños industriales protegen la apariencia de la totalidad o de una parte del producto. Cuestión de tiempo Para proceder a la tramitación de alguna de estas propiedades industriales es indispensable presentar la solicitud correspondiente, que se puede obtener a través de www.oepm.es, en el Registro Central situado en la Delegación del Gobierno en Cantabria, en la calle Vargas, en Santander, o en cualquier registro oficial. El plazo de tramitación varía en función del título solicitado. Diego no duda en afirmar que el de las patentes es un proceso «bastante más complicado que el resto», dependiendo si se quiere dar una protección a nivel nacional, europea o internacional. El tiempo estimado para la aprobación de una solicitud está fijado entre doce y dieciocho meses, mientras que las marcas se están tramitando entre seis y ocho. Pero estas peticiones no otorgan una protección infinita en el tiempo, a excepción de las marcas cuya titularidad, tras un primer periodo de diez años, puede renovarse de manera indefinida. En el caso de los diseños industriales, la duración de la protección es de cinco años, contados desde la fecha de presentación de la solicitud del registro y pueden renovarse por periodos de cinco años hasta un máximo de veinticinco, computados desde esa fecha. Finalmente, las patentes cuentan con una vigencia de veinte años, desde la presentación de la solicitud, sin posibilidad de renovación. Sin embargo, toda regla tiene su excepción: los certificados complementarios de protección. Se trata de un título que prolonga los derechos de las patentes relativas a medicamentos y productos fitosanitarios con el objetivo de compensar el periodo de tiempo que no se ha podido comercializar por estar sometidos a autorización administrativa previa a su comercialización.
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